MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
VOTO ARGENTINO EN EL EXTERIOR

ELECCIONES NACIONALES 2011

El día 23 de octubre de 2011 se realizarán las elecciones nacionales en la República Argentina, en las que podrán votar todos los ciudadanos argentinos que residan fuera del país de manera permanente y que estén empadronados en el exterior.

Los padrones correspondientes al Registro de Electores Residentes en el Exterior se podrán consultar en el sitio www.electoral.gob.ar. “Argentinos en el Exterior” a partir del 23/09/2011.

Sólo estarán registrados en estos padrones quienes se hayan inscripto con anterioridad al 26 de abril de 2011, quienes se inscriben después de esa fecha estarán en condiciones de votar en elecciones posteriores al presente año.

El trámite de inscripción es absolutamente gratuito y tiene un solo prerrequisito, haber realizado el cambio de domicilio en su documento cívico ante la autoridad consular argentina de su jurisdicción.

La inscripción en el Registro de Electores Residentes en el Exterior se puede realizar:

  • On-line, ingresando a la página http://www.electoral.gob.ar/ “Argentinos en el Exterior”, “inscribirse”, o
  • Personalmente, en la representación consular de su jurisdicción.

Se vota en las Representaciones Diplomáticas y Consulares donde se haya inscripto el ciudadano o en aquellas mesas adicionales que habilite la Cámara Nacional Electoral.

Para las elecciones del 23 de octubre, por primera vez se habilitaron mesas fuera de sede consular en las Ciudades de Camboriú (Brasil), Munich (Alemania) y Boston (EE.UU.), cuyos padrones están conformados por ciudadanos con domicilio en esas ciudades, registrados en los Consulados Argentinos en Florianópolis, Fráncfort y Nueva York, respectivamente.

Si usted está empadronado en el país y se encuentra en el exterior el día de las elecciones nacionales podrá JUSTIFICAR SU NO EMISIÓN DE VOTO el mismo día, de 08.00 a 18.00 hs., en un consulado argentino (cuyas direcciones podrá encontrar en www.cancillería.gov.ar).

Si no pudo hacerlo ese mismo día, puede presentarse en días posteriores en un consulado argentino o a su regreso al país, ante la Cámara Nacional Electoral (Leandro N. Alem 232) o ante la justicia electoral de su distrito, en un plazo máximo de 60 días después de las elecciones.

En ambos casos, debe presentarse con su documento de identidad (L.E., L.C. o D.N.I.), el mismo que usaría para votar, donde se realizará la justificación y con elementos que comprueben que se hallaba fuera del país el día del comicio. Para esto, es suficiente con la constancia de sello de salida/ingreso en el pasaporte.

Si fuera convocado como autoridad de mesa, deberá regularizar esa situación ante la justicia electoral de su distrito.

Quienes residen el exterior y ya realizaron su cambio de domicilio, no tienen obligación de votar ni justificar la no emisión de voto.

Para todos los empadronados en el exterior, el voto es voluntario.

Para mayor información, puede consultar el apartado de preguntas frecuentes o ver las siguientes presentaciones:

ELECCIONES 2011

GUÍA PARA AUTORIDADES DE MESA

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