PREGUNTAS FRECUENTES

¿Quiénes votan en el exterior?

¿Qué autoridades elijo con mi voto en el exterior?

¿Qué requisitos deben cumplir los ciudadanos residentes en el exterior para poder votar?

¿Dónde me puedo empadronar para votar en el exterior?

¿Si me empadrono ahora, puedo votar en las elecciones del 23 de octubre?

¿Si estoy de viaje el día de las elecciones, puedo votar igual?

¿Si resido en el exterior y aún no hice el cambio de domicilio, que debo hacer?

¿Qué hago si no pude justificar mi voto el día de los comicios?

¿Qué tengo que presentar para justificar la no emisión de voto?

¿Si resido en el exterior y me convocan como autoridad de mesa, que debo hacer?

¿Si estoy en el exterior en fecha de elecciones provinciales, puedo votar en un Consulado?

 

 

 


 

¿Quiénes votan en el exterior?

Podrán votar los ciudadanos argentinos residentes en el exterior, que se hayan empadronado oportunamente en Registro de Electores Residentes en el Exterior, según lo dispone la Ley “24.007/91 y su correspondiente reglamentación por Decreto 1.138/93.

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¿Qué autoridades elijo con mi voto en el exterior?

Los empadronados en el exterior eligen autoridades nacionales, es decir Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales por el distrito electoral de su último domicilio registrado  en el país.

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¿Qué requisitos deben cumplir los ciudadanos residentes en el exterior para poder votar?

Los ciudadanos residentes en el exterior que quieran votar deberán tener efectuado el cambio de domicilio en su documento cívico (que se realiza en la representación consular de su jurisdicción) y estar inscriptos en el Registro de Electores Residentes en el Exterior en debido tiempo y forma; además de estar en condiciones de ejercer sus derechos políticos conforme la legislación nacional.

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¿Dónde me puedo empadronar para votar en el exterior?

La inscripción en el Registro de Electores Residentes en el Exterior se puede realizar de dos formas:

  • On-line, ingresando a la página http://www.electoral.gob.ar/  “Argentinos en el Exterior”, “inscribirse”, o
  • Personalmente, en la representación consular de su jurisdicción.
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¿Si me empadrono ahora, puedo votar en las elecciones del 23 de octubre?

Lamentablemente NO. Para estar incorporado en los padrones que se usarán para votar el 23 de octubre, debió registrarse antes del 26 de abril de este año. Si se inscribe después de esa fecha, se incorporará al padrón de elecciones posteriores al 2011.

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¿Si estoy de viaje el día de las elecciones, puedo votar igual?

No, sólo pueden votar en el exterior quienes estén empadronados en el Registro de Ciudadanos Residentes en el Exterior. Los ciudadanos en tránsito en el exterior el día de las elecciones, deberán justificar la NO EMISIÓN DE VOTO ese mismo día de 08.00 a 18.00 horas en una representación consular.

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¿Si resido en el exterior y aún no hice el cambio de domicilio, que debo hacer?

Deberá justificar la NO EMISIÓN DE VOTO ese mismo día de 08.00 a 18.00 horas en una representación consular.

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¿Qué hago si no pude justificar mi voto el día de los comicios?

Si no pudo hacerlo ese mismo día, puede presentarse en días posteriores en un consulado argentino o a su regreso al país, ante la Cámara Nacional Electoral (Leandro N. Alem 232) o ante la justicia electoral de su distrito, en un plazo máximo de 60 días después de las elecciones.

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¿Qué tengo que presentar para justificar la no emisión de voto?

Debe presentar su documento de identidad (L.E., L.C. o D.N.I.), donde se realizará la justificación y con elementos que comprueben que se hallaba fuera del país el día del comicio. Para esto, es suficiente con la constancia de sello de salida/ingreso en el pasaporte.

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¿Si resido en el exterior y me convocan como autoridad de mesa, que debo hacer?

Si esto sucede es porque aún no ha realizado el cambio de domicilio en su documento de identidad, que es obligatorio hacerlo en un plazo de 30 días de haberse producido. Para excusar su obligación como autoridad de mesa, deberá dirigirse a la justicia electoral de su distrito.

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¿Si estoy en el exterior en fecha de elecciones provinciales, puedo votar en un Consulado?

No, el voto en el exterior sólo está vigente para las elecciones nacionales.
Los días que se realizan elecciones provinciales los Consulados de la República no estarán abiertos, y cada distrito electoral en sus respectivos códigos estipula los mecanismos para justificar la no emisión de voto. Para mayor información, se debería consultar en dependencias del Gobierno Provincial correspondiente a su domicilio.

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VOTO ARGENTINO EN EL EXTERIOR
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto