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Convenio para aplicar la Apostilla de La Haya por parte de los colegios de escribanos

El día 1º de diciembre de 2003 entró en vigencia el convenio suscripto entre la Cancillería y el Consejo Federal del Notariado Argentino mediante el cual se faculta a los colegios de escribanos de la República Argentina a legalizar bajo el sistema de apostille, la totalidad de documentos públicos que prevé el articulo 1° de la Convención de La Haya de 1961.

En este sentido con este nuevo servicio, la Cancillería Argentina simplifica notablemente el trámite de legalización mediante el sistema de apostille, posibilitando que la ciudadanía pueda realizar los trámites ante el colegio de escribanos más próximo a su lugar de residencia, evitándose de esta manera innecesarias dilaciones y costosos desplazamientos, como ocurrió hasta el presente.

Finalmente, cabe destacar que la Cancillería mantiene su carácter de autoridad de aplicación de la referida convención internacional, como asimismo que ejercerá la fiscalización correspondiente sobre los colegios de escribanos, conforme quedó establecido en los términos del convenio suscripto."

Consejo Federal del Notariado Argentino

Países signatarios de la Convención de La Haya